Criterios éticos
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Equidad, en cualquier circunstancia, el editor evalúa los manuscritos por su contenido intelectual sin considerar la raza, el género, la orientación sexual, las creencias religiosas, el origen étnico, la ciudadanía o la postura política de los autores.
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Confidencialidad, ni el editor, ni ningún miembro del personal editorial, puede difundir información acerca de un manuscrito presentado a la revista a nadie que no sea el autor, los árbitros o árbitros potenciales, los consejeros editoriales y la editorial, según se considere apropiado.
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Difusión y conflictos de interés, materiales inéditos difundidos en un manuscrito presentado a la revista no deben ser usados por el editor para su propia investigación sin el consentimiento escrito expreso del autor.
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Contribución a las decisiones editoriales, el arbitraje de pares asiste al editor responsable y al comité editorial en la toma de decisiones editoriales y puede también contribuir a que el autor mejore su trabajo.
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Presteza, cualquier árbitro seleccionado que no se sienta capaz de evaluar el manuscrito asignado o que sepa que no podrá realizar la evaluación en el tiempo adecuado deberá notificar al editor y abstenerse del proceso de revisión.
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Confidencialidad, todo manuscrito recibido para ser evaluado debe ser tratado como un documento confidencial. Estos no deben ser presentados a otras personas o discutidos con estas salvo autorización expresa del editor.
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Estándares de objetividad, las evaluaciones deberán conducirse objetivamente. La crítica personal al autor es inapropiada. Los árbitros deben expresar sus puntos de vista claramente con argumentos de apoyo.
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Reconocimiento de las fuentes, los árbitros deberán identificar trabajos publicados relevantes que no han sido citados por los autores. Cualquier afirmación de que una observación, comentario o argumento ha sido previamente publicado debe estar acompañada de la cita correspondiente. El árbitro también deberá informar al editor de cualquier similitud sustancial o coincidencia entre el manuscrito evaluado y cualquier otra publicación de la cual tenga conocimiento personal.
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Difusión y conflictos de interés, la información y las ideas obtenidas a través del sistema de arbitraje de pares no deben ser usadas para provecho personal. Los árbitros no deben evaluar manuscritos en relación a los cuales tengan conflictos de interés como resultado de relaciones de competencia o de otro tipo con los autores vinculados a los trabajos.
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Originalidad y plagio, los autores deben asegurar que han escrito obras enteramente originales, y que, de haber usado las obras y/o palabras de otros, estas han sido debidamente citadas o referidas.
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Publicación múltiple, redundante o concurrente, un autor no debe en general publicar manuscritos en los que se describa esencialmente la misma investigación en más de una revista o publicación. Someter el mismo manuscrito a más de una revista al mismo tiempo constituye un comportamiento editorial no ético e inaceptable.
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Reconocimiento de fuentes, debe figurar siempre, en los manuscritos presentados a la revista, el reconocimiento apropiado del trabajo de otros. Los autores deben consignar las publicaciones que han influido en la determinación de la naturaleza del trabajo presentado.
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Autoría del trabajo presentado, la autoría debe limitarse a aquellos que hayan contribuido de manera significativa a la concepción y redacción de la investigación presentada. No debe existir autorías fantasma ni autorías de regalo.
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Errores fundamentales en obras publicadas, cuando un autor descubre un error o imprecisión significativos en su propia obra publicada o presentada para ser evaluada, es su obligación notificar a la brevedad al editor de la revista y cooperar para corregir el error.