EL DERECHO A LA PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN EL PERÚ

27 AÑOS DESDE SU INCORPORACIÓN EN LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE 1993

  • Milagros Olivos Universidad del Pacífico
Palabras clave: Privacidad, Protección de Datos Personales, Dirección General de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, seguridad de la información

Resumen

Desde más de dos décadas que nuestro país reconoció, en la categoría de derecho fundamental, el derecho a la protección de datos personales, al incorporarlo en el artículo 2.6 de la Carta Constitucional de 1993. Pocos son los países en América Latina que han realizado dicho reconocimiento, y más aún han desarrollado un marco normativo que regula el régimen de la protección de datos personales. Hace no más de dos años (en septiembre del 2017) se introdujeron algunas reformas al régimen existente, las cuales vienen consolidándose a través de las orientaciones emitidas desde la autoridad de control. A continuación, se presenta desde perspectiva meramente descriptiva el camino que ha recorrido este derecho, desde su reconocimiento en la Constitución de 1993 hasta nuestros días, haciendo especial mención, no solo a las disposiciones normativas, sino especialmente a los pronunciamientos emitidos por el órgano garante sobre quien – en estos momentos- recae la gran responsabilidad de mantener la vigencia de este derecho.

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Publicado
2020-07-29
Cómo citar
Olivos, M. (2020). EL DERECHO A LA PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN EL PERÚ: 27 AÑOS DESDE SU INCORPORACIÓN EN LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE 1993. IUS: Revista De investigación De La Facultad De Derecho, 9(1), 83-100. https://doi.org/10.35383/ius-usat.v9i1.338