El interés superior del niño y la prescripción de la obligación alimenticia

  • Ana María Olguin Britto Tribunal Constitucional
Palabras clave: Pensión Alimentaria, Código civil, Ordenamiento nacional e internacional

Resumen

El Tribunal Constitucional estableció que el plazo de prescripción de las pensiones alimenticia contemplado en el artículo 2001, inciso 4, del Código Civil es inaplicable respecto de las demanda que afecten las pensiones fijadas en sentencias y en favor de menores de edad. Esta resolución e compartida por la autora; sin embargo, no concuerda con sus fundamentos expuestos, toda vez que debió resaltarse la eliminación de la falta de necesidad respecto de quien no actúa a título persona como sustento de la prescripción; debiendo privilegiarse al máximo una interpretación conforme a principio de interés superior de niño.

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Publicado
2020-12-04
Cómo citar
Olguin Britto, A. M. (2020). El interés superior del niño y la prescripción de la obligación alimenticia. IUS: Revista De investigación De La Facultad De Derecho, 1(2), 308-316. https://doi.org/10.35383/ius-usat.v1i2.506