Criterios éticos
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Imparcialidad en la publicación, los editores son responsables de la decisión de la publicación de los manuscritos que la revista reciba. Los manuscritos serán evaluados con imparcialidad, ecuanimidad y sin tener en cuenta la raza, el género, la orientación sexual, las creencias religiosas, el origen étnico, la nacionalidad o ideas políticas de los autores. La decisión de publicar un manuscrito se fundamentará en la originalidad y la claridad del mismo, así como la validez del estudio y de su pertinencia para los fines de la revista. Naturalmente, se tendrá en cuenta que el trabajo se ajuste a las exigencias legales con relación al buen nombre de las personas e instituciones, con relación a los derechos de autor y las relativas al plagio.
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Confidencialidad, ni los editores ni otros miembros del equipo de la revista, como tampoco personas que colaboren en las actividades de la misma, deberán revelar información alguna sobre los manuscritos recibidos a nadie que no sea el autor o los evaluadores, y siempre en la proporción debida al cumplimiento de las finalidades de la actividad propuesta y con la debida prudencia.
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Conflictos de interés, los materiales no publicados que aparezcan en los manuscritos recibidos no se deben utilizar por los editores para sus propias investigaciones sin haber obtenido antes la autorización por escrito del autor.
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Contribución a las decisiones editoriales, el arbitraje de pares permite ayudar a los editores en la selección de los manuscritos para su publicación, contribuir de este modo en la adopción de la decisión de la publicación de los artículos que van a formar parte de la revista, además de colaborar en la mejora de la calidad de los mismos.
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Diligencia, cualquier árbitro seleccionado que no se sienta capaz de evaluar el manuscrito asignado o que sepa que no podrá realizar la evaluación en el tiempo adecuado deberá notificar al editor y abstenerse del proceso de revisión.
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Confidencialidad, todo manuscrito recibido para ser evaluado debe ser tratado como un documento confidencial. Estos no deben ser presentados a otras personas o discutidos con estas salvo autorización expresa del editor.
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Criterios de objetividad, los evaluadores realizarán su tarea de modo objetivo. Queda excluida la crítica personal. Es obligación de los evaluadores expresar sus juicios con claridad y de manera fundada.
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Reconocimiento de las fuentes, los árbitros deberán identificar trabajos publicados a los que se refiera el manuscrito que no han sido citados por los autores en la correspondiente sección de referencias bibliográficas Deben así mismo indicar aquellas observaciones o argumentos que aparezcan en el manuscrito y que no vayan acompañados de su respectiva fuente bibliográfica. El árbitro también deberá informar al editor de cualquier similitud sustancial o coincidencia entre el manuscrito evaluado y cualquier otra publicación de la cual tenga conocimiento personal.
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Conflictos de interés, la información o ideas que se obtuvieran por el privilegio de la actividad evaluadora de los manuscritos deberán mantenerse bajo el secreto de la confidencia y, por tanto, no se pueden utilizar para obtener provechos personales. Los evaluadores deben abstenerse de juzgar manuscritos con los que tengan algún conflicto de interés derivado de relaciones competitivas, de colaboración o de otro tipo, o bien derivadas de vínculos con autores, instituciones o empresas relacionadas con los manuscritos.
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Exigencias de calidad, los autores deben realizar investigaciones originales y presentar una exposición clara y precisa del trabajo realizado, así como la discusión objetiva de su importancia. Los datos que apoyen el trabajo deben quedar reflejados con claridad en el manuscrito. El manuscrito debe tener las referencias bien detalladas de forma que permita de un modo suficiente que otros autores puedan reproducir la investigación y comprobar los resultados. Cualquier afirmación falsa o intencionadamente inexacta se juzgará como una falta ética y será motivo de exclusión.
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Datos de la investigación, los autores deben estar en condiciones de proporcionar los datos de sus investigaciones junto con el manuscrito a los fines de la evaluación editorial. Si fuera necesario, asimismo, deberán hacer públicos dichos datos. En cualquier caso, se entiende que es obligación de los investigadores el poner a disposición de la comunidad científica dichos datos, siempre que quede garantizada la confidencialidad sobre los participantes y que no haya menoscabo de los derechos institucionales que pudieran existir.
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Originalidad y plagio, los autores deben asegurar que han escrito obras enteramente originales, los cuales harán referencia por medio de las citas pertinentes al trabajo de otros autores.
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Publicación múltiple o simultánea, no se debe publicar en más de una revista trabajos que describan esencialmente la misma investigación. Asimismo, tampoco se debe enviar el mismo trabajo a varias revistas. Todo ello será motivo de exclusión. No se deben enviar manuscritos que ya hayan sido publicados en otras revistas. Tampoco se deben enviar el mismo manuscrito a otra revista, cuando en ésta esté en periodo de evaluación.
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Reconocimiento de fuentes, debe figurar siempre, en los manuscritos presentados a la revista, el reconocimiento apropiado del trabajo de otros. Los autores deben consignar las publicaciones que han influido en la determinación de la naturaleza del trabajo presentado.
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Autoría del artículo, debe limitarse a las personas que hayan contribuido de un modo importante a la concepción, elaboración o interpretación del trabajo. Todas las personas que así lo haya hecho deben aparecer como coautores. El investigador principal se obliga a garantizar que únicamente dichas personas aparezcan como coautores y ninguna otra. Asimismo, se obliga a someter a la aprobación de los coautores la última versión del artículo y a obtener su autorización para la publicación.
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Conflicto de intereses, los autores deben declarar las fuentes de financiación de su trabajo y deben tratar de evitar cualquier conflicto de intereses que afecte a los resultados o a la interpretación de sus conclusiones.
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Errores fundamentales en artículos publicados, en el caso de que el autor descubra errores o inexactitudes importantes en su trabajo publicado, tiene el deber de ponerlo en conocimiento diligentemente de los editores y de colaborar en la corrección o, en su caso, rectificación de lo publicado.